Requisitos para la Inscripción en el Registro de Demanda Habitacional

 

1.- Los Titulares de la inscripción deberán ser en todos los casos los jefes de familia del grupo que se postula.- 

2.- Constituir un grupo familiar estable de personas convivientes, en que por lo menos dos de los que la componen, estén unidos entre sí por lazos matrimoniales (legales o consensuales)  o consanguíneos, en línea ascendentes o descendentes, o colateral de primer grado, constituyendo  una unidad comunitaria de consumo.

      Personas sin grupo familiar a cargo (soltero, viudo y divorciado) mayor de 25 años y menor 60 años (hasta un 5% del cupo). 

3.- Poseer el / los  solicitantes documento de identidad argentino. 

4.- Tener más de 21 años de edad o en caso de ser menor deberá acreditar emancipación y/o habilitación de edad.- 

5.- Estar comprendido dentro de los tramos de ingresos mensuales exigidos por la normativa vigente.- 

6.- El solicitante y los integrantes de su grupo familiar no deberán ser propietarios o poseedores de bienes inmuebles, siempre y cuando los mismos no constituyan herramienta de trabajo. Los postulantes y/o integrantes del grupo que hayan poseído bienes inmuebles, cualquiera haya sido su forma de adquisición o transmisión deberán ser declarados. Esta  exigencia se retrotrae hasta el plazo de dos (2) años con anterioridad a la fecha de inscripción.- 

7.- No haber resultado ninguno de los integrantes del grupo familiar postulante beneficiado con una vivienda construida por el Estado, ya sea como adjudicatario o como integrante de dicho grupo, ni haber sido descalificado por la Comisión de Análisis de Impugnaciones en Planes anteriores por falseamiento de datos, ni desadjudicado por infringir la normativa legal correspondiente. Se exceptúa a aquellos que habiendo sido solo integrantes de un grupo familiar beneficiado y han constituido nuevo grupo familiar independiente al anterior y aquellos que acrediten en forma fehaciente haber renunciado a la adjudicación y que dicha renuncia haya sido aceptada por el organismo competente, mediante  el acto administrativo correspondiente y que hayan transcurrido 2 años de la fecha de emisión. 

8.- El solicitante deberá residir y/o trabajar en la localidad donde solicita la vivienda. 

Cabe aclarar, que los requisitos son los generales para cualquier operatoria, en caso de contar con soluciones habitacionales, los mismos serán establecidos por la Dirección de Acción Social, según las características de la operatoria de que se trate, como así también deberá incorporar nueva documentación. 

 

D O C U M E N T A C I O N   A   P R E S E N T A R

 

a) Documentos personales del solicitante y de la totalidad del grupo familiar conviviente (LE, LC, DNI, CI) (fotocopia del documento del solicitante y su cónyuge de las hojas Nº 1 y 2 y de todas aquellas que tengan cambio de domicilio). 

b) Declaración jurada de convivencia ante Organismo competente para los casos de unión de hecho y/o fotocopia de la libreta de matrimonio.

Cuando el grupo familiar está integrado por otras personas que no sean esposas o hijos, deberán presentar: 

   * Declaración jurada ante Organismo competente, especificando el vínculo con el titular de la inscripción y constancia del tiempo de convivencia.

   * Tenencia judicial o cualquier otra documentación que acredite la tenencia, cuando se trate de menores de edad. 

c) Para los trabajadores en relación de dependencia, y que perciben sus haberes en forma mensual deberán presentar el últimos 3 recibos de haberes, esta exigencia se extiende a todas las personas que trabajen en el grupo familiar y certificación laboral. 

Para aquellos trabajadores que perciban los haberes quincenalmente,  presentar los dos recibos del mes indicado. Para el caso de los trabajadores autónomos o independientes deberán presentar la inscripción ante el organismo tributario correspondiente, donde conste ocupación e ingresos promedio mensual, Nº CUIT si corresponde y/o Nº CUIL presentando los tres (3) últimos aportes y declaración jurada de ingresos. 

d) Los postulantes que alquilen vivienda deberán presentar fotocopia del último recibo de alquiler y del contrato de locación si existiere, el caso de ocupantes en relación de dependencia y viviendas cedidas, presentar la documentación que posean. 

e) Presentar certificados médico extendidos por Instituciones de Salud Pública (hospital, centros periféricos, etc). Para los siguientes casos:  

*Discapacidad física o mental de jefe de familia o cualquier integrante del grupo familiar.

*Deberá completar documentación complementaria exigida por el Consejo Provincial del   Discapacitado (Ley Nº 2055-Art. 53.).

*Cuando exista embarazo de más de tres meses.                   

 

Los requisitos de inscripción, aquí establecidos, son los generales para cualquier operatoria. En caso de contar con soluciones habitacionales, los mismos serán establecidos por la Dirección de Acción Social, según las características de la operatoria de que se trate, como así también deberá incorporar nueva documentación.


REQUISITOS ENTIDADES INTERMEDIAS PARA EL PROGRAMA CAMINO A CASA

 – Requisitos de la entidad solicitante

Las entidades intermedias que deseen participar del presente programa deben encontrarse regularizadas mediante el mecanismo que corresponda al carácter de la misma.


 – Documentación a presentar por la entidad

- Según corresponda: constancia de Inscripción en la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Río Negro, certificación de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, certificado emitido por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social donde consta la vigencia de la matrícula de la entidad, etc.
- Estatuto o Contrato Social de la Entidad.
- Nómina de autoridades y acta de designación de cargos.
- Fotocopia de DNI de autoridades.
- Certificado de Vigencia Personería Jurídica.

5 – Postulantes

La entidad intermedia deberá proponer la cantidad de postulantes que se convengan de común acuerdo, mediante la firma del respectivo Convenio que como Anexo I forma parte del presente Programa.
El IPPV verificará la nómina de postulantes titulares. Además se verificará hasta un treinta por ciento (30%) de suplentes, debiendo acompañar la documentación pertinente antes del inicio de la obra.
Efectuada la revisión por parte de IPPV de acuerdo a las pautas establecidas precedentemente, se emitirá un listado de postulantes aprobados que cumplan con los requisitos, el cual será enviado a la entidad para su conocimiento y aprobación, informándole que al 80% del avance de obra se requerirá nuevamente informe catastral, Formulario 02 del Registro de la Propiedad Inmueble y recibo de haberes actualizados.
El IPPV se reserva el derecho de realizar constataciones domiciliarias, y/o acciones pertinentes para verificar la exactitud de los datos consignados por los postulantes. De producirse modificaciones en los datos aportados por incumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Programa, se procederá a la descalificación del mismo y ascenderá el primer postulante de la lista de suplentes.

Cumplido, se emitirá un listado definitivo para su publicación en el Boletín Oficial y medios periodísticos que aseguren su correcta y mayor difusión.

 – Requisitos de los postulantes

Los postulantes propuestos por la Entidad Intermedia deberán cumplir con los siguientes requisitos:

- Realizar la Inscripción en el Registro Permanente de Demanda Habitacional del Instituto.

- Poseer el/los solicitantes Documento de Identidad argentino.
- Tener 18 años de edad, o en caso de ser menor deberá acreditar emancipación y/o habilitación de edad.

- El titular/es y su grupo familiar no deberán poseer ni haber poseído en los últimos dos (2) años, bienes inmuebles.
- No haber resultado, beneficiario en la adjudicación de viviendas construida por el Estado. Se exceptúa a aquellos que habiendo sido sólo integrantes de un grupo familiar beneficiado y han constituido nuevo grupo familiar independiente al anterior y aquellos que acrediten en forma fehaciente haber renunciado a la adjudicación y que dicha renuncia haya sido aceptada por el organismo competente, mediante el acto administrativo correspondiente y que hayan transcurrido dos (2) años de la fecha de emisión.
- El solicitante/s deberán acreditar domiciliarse y residir en la localidad donde se implanta el proyecto.

- El grupo familiar deberá acreditar ingresos mensuales entre uno y cuatro Sueldos Mínimo Vital y Móvil, de acuerdo a la operatoria a la que acceda.
- Constituir un grupo familiar estable de personas convivientes, en el que por lo menos dos de las que la componen estén unidas entre sí por lazos matrimoniales, consensuales o consanguíneos, en línea ascendente, descendentes o colateral de primer grado, constituyendo una unidad comunitaria de consumo.

* En el caso de los titulares unidos de hecho, sin hijos, se deberá acreditar una convivencia mínima de 2 años con anterioridad a la inscripción.
* Se pueden inscribir persona solas (solteras, viudos o divorciados) sin familiares a cargo mayores de 25 años y menores de 60 años de edad.

– Documentación a presentar por los postulantes
- Documentos personales del solicitante y de la totalidad del grupo familiar conviviente (LE, LC, DNI, CI) (fotocopia del documento del solicitante y su cónyuge de las hojas Nº 1 y 2 y de todas aquellas que tengan cambio de domicilio).
- Unión convivencial ante Organismo competente, Uniones de hecho debidamente acreditadas o fotocopia del certificado de matrimonio, según corresponda.
- Cuando el grupo familiar está integrado por otras personas que no sean esposas o hijos, deberán presentar:
* Declaración jurada ante Organismo competente, especificando el vínculo con el titular de la inscripción y constancia del tiempo de convivencia.
* Tenencia judicial o cualquier otra documentación legal que acredite la tenencia, cuando se trate de menores de edad.
- Presentar certificados extendidos por Instituciones pertinentes para los siguientes casos:

*Discapacidad física o mental de jefe de familia o cualquier integrante del grupo familiar. Deberá completar documentación complementaria exigida por el Consejo Provincial del Discapacitado (Ley Nº 2055-Art. 53.).

*Cuando exista embarazo de más de tres meses.

- Para los trabajadores en relación de dependencia, y que perciben sus haberes en forma mensual deberán presentar los últimos tres (3) recibos de haberes, esta exigencia se extiende a todas las personas que trabajen en el grupo familiar y certificación laboral.

- Para aquellos trabajadores que perciban los haberes en forma quincenal, presentar los dos recibos del mes indicado.

- Para el caso de los trabajadores autónomos o independientes deberán presentar la constancia de inscripción de la Administración Federal de Ingresos Público (AFIP) y de la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (ART) , los últimos tres (3) pagos de Monotributo, Autónomo, Impuesto al Valor Agregado (el que correspondiese) y Certificación de ingresos brutos mensuales correspondiente a los últimos doce (12) meses, certificada por Contador Público y debidamente legalizada por el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de la provincia de Río Negro.

- GARANTIA: En caso que los postulantes no pudieren acreditar fehacientemente la totalidad de sus ingresos o existieran indicios de discontinuidades en los mismos o precariedad laboral, se solicitará un fiador solidario liso, llano y principal pagador, sin derecho a excusión ni división, quien deberá cumplir las mismas condiciones económicas que los postulantes, por cuanto, sus ingresos, deben ser demostrables.