Seguro Ambiental


QUÉ ES?
El seguro ambiental es la garantía financiera exigible a toda persona física o
jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los
ecosistemas y sus elementos constitutivos. Este seguro de responsabilidad
ambiental se encuentra definido en el artículo 22 de la Ley 25.675 General de
Ambiente.

PARA QUÉ SIRVE?

Es una cobertura desarrollada para garantizar disponibilidad de fondos necesarios
para la remediación del suelo y del agua, luego de haberse producido en el predio
asegurado un evento contaminante causado en forma accidental, súbita o gradual,
aún siguiendo las normas y buenas prácticas.

QUIÉN LO EXIGE?

Lo exige la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, siendo la autoridad
ambiental competente en el territorio de la provincia de Río Negro.

QUIÉN DEBE CONTRATARLO?

Están obligados a contratar un seguro ambiental aquellas actividades o
establecimientos que sumen un Nivel de Complejidad Ambiental de 14.5 en
adelante.

CÓMO SE CONTRATA?

Debe presentarse ante esta Secretaría la siguiente documentación en los términos
de la Resolución MAYDS N°206/2016

-FORMULARIO DE INFORMACIÓN BASE Anexo II de la Resolución MAYDS N°206/2016

-EAI
El Estudio Ambiental Inicial es un diagnóstico previo a la contratación de la
cobertura, a realizar por un perito en el lugar a asegurar, de manera que se
establezca la existencia de condiciones contaminantes previas.

-NCA
El Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) es el grado de potencialidad de
producir un daño ambiental propio de una actividad o establecimiento
determinado. Se obtiene mediante un cálculo en base a una fórmula polinómica,
que se encuentra desarrollado en la Resolución MAYDS N°1639/2007

De acuerdo con los valores del NCA, el riesgo ambiental se divide en tres
categorías:
 - Primera categoría: hasta 14,0 puntos inclusive
 - Segunda categoría: de 14,5 a 25 puntos inclusive
 - Tercera categoría: mayor de 25 puntos.

-MMAES
El Monto Mínimo Asegurable de Entidad Suficiente es la suma asegurada
mínima que debe tener la póliza de Caución Ambiental en una ubicación dada,
que asegura la recomposición del daño ambiental producido por un siniestro
contaminante. El mismo se obtiene mediante el cálculo en base a una fórmula
establecida en la Resolución 1398/2008
La referida documentación resulta obligatoria en nuestra provincia en virtud de la
remisión normativa dispuesta en el Artículo N°5 del Decreto Provincial N°748/2020

ASEGURADORES HABILITADAS

Las compañías de seguro que cumplieron con los requisitos de la Resolución MAYDS N°256/2016 
y están habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación son:

Sancor Cooperativa de Seguros Limitada
Testimonio Compañía de Seguros S.A
Alba Caución Compañía de Seguros
Boston Compañía Argentina de Seguros S.A
El Surco Compañía de Seguros S.A
Nación Seguros S.A.
TPC Compañía Argentina de Seguros
FOMS Compañía Argentina de Seguros S.A

Prudencia Compañía de Seguros Generales
Provincia Seguros

Para cualquier consulta dirigirse a seguroambiental.rn@gmail.com